El borrador sobre
el que están trabajando las empresas de seguridad privada y los centros de
formación entre otras partes interesadas con representación en los distintos
foros, no se ha publicado como tal borrador de manera oficial.
Se está
sembrando una incertidumbre que en este momento no tiene ningún sentido.
Ø En cuanto a las habilitaciones para acceder a las distintas profesiones
de seguridad privada.
Está claro
que habrá cambios futuros en la manera de obtener las distintas habilitaciones,
que no afectan a quienes ya están habilitados, y que tampoco afectan por ahora
a quienes a día de hoy queráis ser personal de seguridad privada.
Ø Por lo que respecta a la formación permanente (reciclajes).
El
Reglamento vigente sigue siendo el R.D. 2364/1994, que en su art. 57.2
establece que “para los vigilantes de seguridad, los cursos de
actualización o especialización tendrán
una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas; cada vigilante
deberá cursar al menos uno por año, y se desarrollarán en la forma que
determine el Ministerio del Interior.”
A su vez,
la también vigente Orden INT/318/2011, sobre personal de seguridad
privada, en su artículo 7 determina que esas “como mínimo (…) veinte
horas lectivas anuales,” deberán ser, “al menos, el cincuenta por ciento de
formación presencial.”
Es decir,
mínimo 20 horas, de las que 10 horas han de ser presenciales, pudiendo ser las
otras 10 a distancia convencional o en modalidad tele formación.
Ø Y la formación específica.
A día de
hoy, los 14 cursos de formación
específica siguen siendo obligatorios para los servicios
de seguridad que se citan en el anexo IV de la vigente Orden INT/318/2011,
sobre personal de seguridad privada, así como en la Resolución Resolución de 12
de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Además, estos
cursos computan como horas lectivas a efectos de la formación
permanente (reciclajes).
Por lo tanto el borrador que está
circulando carece de oficialidad y hay que esperar al definitivo para poder
analizar los cambios que se pudiesen producir.